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LA MUERTE DE MALDONADO: LA JUSTICIA SOBRESEYO A LOS GENDARMES. Eran cuatro efectivos investigados por el caso del artesano en 2017, tras un desalojo en la ruta 40. La verdad se mostró sencilla, sin fascinaciones. Santiago estaba en el lugar donde lo vieron por última vez. Allí, él, solo, sin que nadie lo notara, se hundió en ese pozo en el que minutos antes Lucas Ariel Naiman Pilquiman había evitado caer.

11 de agosto de 2023

El juez federal de Rawson, Guillermo Gustavo Lleral, sobreseyó a los cuatro gendarmes involucrados en la investigación por la desaparición y la muerte de Santiago Maldonado, ocurrida en 2017 en Chubut.

La causa pesaba sobre Patricia Bullrich, la pre candidata a vicepresidenta del PRO. Por eso la resolución -a pocas horas de los comicios del domingo- se leyó como un guiño a la ex ministra de Seguridad.

En su fallo, Lleral firmó el sobreseimiento total y definitivo de Emmanuel Echazú, oficial de la Gendarmería Nacional, en relación con el delito de desaparición forzada de persona. Y en un giro adicional, también liberó de culpa y cargo a los agentes Juan Pablo María Escola, Víctor Vaquila Ocampo y Marcelo Iván Ferreyra, todos de Gendarmería, en relación a varios delitos, incluyendo daño, abuso de autoridad y omisión de los deberes de funcionario público.

Tras el análisis de las pruebas el magistrado concluyó que no existen elementos que califiquen las acciones de los integrantes de la Gendarmería como delitos tipificados por la ley penal del país.

La verdad se mostró sencilla, sin fascinaciones. Santiago estaba en el lugar donde lo vieron por última vez. Allí, él, solo, sin que nadie lo notara, se hundió, en ese pozo en el que minutos antes Lucas Ariel Naiman Pilquiman había evitado caer.

Según su análisis, las acciones de la Gendarmería, incluyendo a los imputados Echazú, Escola, Ocampo y Ferreyra, estuvieron siempre ajustadas a la ley y que en aquel episodio actuaron por órdenes de la justicia, específicamente por el juez federal de Esquel, Guido Otranto, que luego fue corrido de la causa. Según Lleral ninguno de los agentes involucrados incumplió, inobservó ni abusó de sus deberes.

«La verdad se mostró sencilla, sin fascinaciones. Santiago estaba en el lugar donde lo vieron por última vez. Allí, él, solo, sin que nadie lo notara, se hundió, en ese pozo en el que minutos antes Lucas Ariel Naiman Pilquiman había evitado caer cuando se propuso cruzar el rio luego de animar a Santiago a realizarlo. En ese lugar, murió ahogado, sin que nadie pudiera advertirlo, sin que nadie pudiera socorrerlo. Ni los gendarmes que los perseguían en medio del operativo, ni los miembros de la comunidad a la que Santiago fue a apoyar en sus reclamos», escribió el juez en su fallo.

El magistrado luego escribió que «la desesperación, la adrenalina y la excitación naturalmente provocadas por la huida; la profundidad del pozo, el espeso ramaje y raíces cruzadas en el fondo; el agua fría, helada, humedeció su ropa y su calzado hasta llegar a su cuerpo».

«Esa sumatoria de incidencias contribuyó a que se hundiera y a que le fuera imposible flotar, a que ni siquiera pudiera emerger para tomar alguna bocanada de oxígeno. Por la confluencia de esas simples y naturales realidades, inevitables en ese preciso y fatídico instante de soledad, sus funciones vitales esenciales se paralizaron», afirmó Lleral.

A párrafo seguido, dio por probado que «allí quedó su cuerpo atrapado, enganchado en el ramaje subacuático denso, que lo mantuvo inerte y oculto durante el tiempo necesario para que, luego de su descomposición natural interna, superara la presión y la fría temperatura del agua, hasta que se produjeran los cambios de clima».

Ante la posición de la querella de la familia Maldonado de que la muerte se debió a la represión de los efectivos, sumó: «Aunque se insista en presentar los hechos de un modo absurdamente diverso a su esencia, aunque se pretenda evitar o demorar la realización de medidas de prueba develadoras de esos hechos, aunque insistentemente se propongan infinitas medidas abiertamente inconducentes, y aunque se declare públicamente que los hechos no son como sucedieron sino como algunos prefieren que hayan sido, lo cierto es que la verdad que rodeó la desaparición y muerte de la víctima de esta causa (y víctima de todas las manipulaciones espurias que de ella derivaron), es una sola».

Aunque se declare públicamente que los hechos no son como sucedieron sino como algunos prefieren que hayan sido, lo cierto es que la verdad que rodeó la desaparición y muerte de la víctima de esta causa es una sola.

Lleral afirmó que a los gendarmes investigados y todos sus compañeros que participaron del operativo de desalojo «ni siquiera se les puede dirigir el reproche de un hipotético abandono de persona en perjuicio de Maldonado, pues, tal como se dijo, no existe elemento de prueba alguno que permita sostener ese juicio de tipicidad y esa atribución penal».

En la misma resolución con la que dispuso los sobreseimientos, Lleral decidió «dejar sin efecto la reconstrucción virtual y la pericia tecnológica oportunamente dispuestas a través del decreto de fecha 28 de octubre de 2022.

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Director WALTER DARIO BRAVO

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